Privatización
de los Centros Penales y la Contención de Enfermos Mentales
Afortunadamente, en la actualidad, la realidad que
los seres humanos conocemos es sumamente distinta y hoy, quienes infringen las
leyes y cometen acciones que, según estas, deben ser castigadas, son
sentenciados a una condena privativa de libertad, al pago de multas o a la
estadía en un centro de rehabilitación psiquiátrico, según sea la condición de
estos.
Pese a que, en algunos países como Singapur o
Estados Unidos aún se recurre a métodos de castigo que denigran la dignidad
humana, como lo es la pena de muerte o las torturas; son más las naciones que
se han acogido a las declaratorias de derechos humanos y que han dejado atrás
las prácticas de tortura como parte del castigo por cometer una acción que ante
la sociedad está mal vista o es, ilegal.
Se presenta a continuación, un espacio dedicado al
abordaje de diferentes temáticas relacionadas con la privación de la libertad
que se desarrolla tanto en Costa Rica como en otras naciones del mundo, además,
se hará énfasis en las medidas implementadas en aquellos casos en los que,
quién ejecutó la acción criminal presenta algún tipo de enfermedad o
discapacidad mental.
Concepto de Prisión Privada
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Martín Lozada, 2019. Figura 1.
|
Sin embargo, sucede en otros países, principalmente
en los desarrollados, que surge una privatización de las prisiones, lo que
significa que, la administración de estas deja de estar bajo autoridad del
sector público o estatal para estar bajo manos del sector privado.
La privatización de las prisiones puede desarrollarse
desde distintas vertientes, en vista de que, en la mayoría de países las
empresas constructoras le pertenecen al sector privado; se genera la
privatización, además, en algunos casos el Estado no solo recurre a los
servicios de estas empresas para que se construya o remodele una prisión, sino
que también, para que la administren.
Para Edith Núñez Briceño y Frania Rojas Vindas,
2006, una cárcel privada es:
(…) aquella que es diseñada, construida y
gestionada por una empresa no estatal. Las obligaciones de las partes
(Estado-gestor) surgen de un contrato en el que el Estado se compromete a
enviar a un centro un número mínimo de presos, a cambio de un precio por
recluso y día. Dicho precio es revisable, al igual que ocurre con el resto de
los servicios públicos que son gestionados por empresas privadas en cualquier
sector. (p.18)
Según la cita textual anterior y desde la
interpretación de la misma, una cárcel pasa a ser privada cuando el Estado
mismo contrata a una entidad privada para que se encargue de la construcción e
incluso del diseño de la infraestructura, mediante un contrato en el que, el
Estado dé fe de que enviará a una cierta cantidad de personas privadas de
libertad y pagará una cantidad establecida por cada una.
Experiencias Internacionales en la Privatización de
Prisiones
En cuanto a privatización de cárceles a nivel
internacional, países como Estados Unidos, Colombia o Europa, presentan
diferentes sistemas penitenciarios, en los cuales, hay presencia de
privatización de prisiones.
- Estados Unidos
Considerado potencia mundial, con una importante
extensión territorial y un elevado número de habitantes, Estados Unidos también
se ha posicionado dentro de las listas de países que presentan las mayores tasas
de criminalidad y, por ende, de personas privadas de libertad.
Como ya sabemos, en esta nación también se recurre
a la pena de muerte para castigar a aquellos individuos que han cometido delitos
que son considerados como muy graves; debido a las altas cifras de personas
sentenciadas, en los diferentes Estados, las autoridades han recurrido a la
privatización de centros penitenciarios para recluir a estos individuos.
Sin embargo, en Estados Unidos, la privatización de
centros penitenciarios consiste, entre otras cosas, en incluir el trabajo
forzado como parte de la pena y pese a que este es remunerado, es decir, que
los privados de libertad reciben una cantidad de dinero, esta es la mínima.
(…) la privatización carcelaria se ha vuelto un
negocio muy productivo para los empresarios que administran estos centros, ya
que su materia prima es la delincuencia y su respaldo de permanencia en el
mercado, es evitar hasta donde resulte posible, que los privados de libertad
logren su resocialización y dejen ser parte del sistema penitenciario. (Edith Núñez Briceño y Frania Rojas Vindas, 2006, p. 30)
En Estados Unidos no solo se practican medidas de
privación de libertad inhumanas y de las cuales, la pena de muerte aún se
mantiene, sino que, además, se incurre en el trabajo mal remunerado, mismo que
beneficia a aquellas empresas del sector privado que, de alguna forma,
consiguieron insertarse en el sistema.
- Colombia
Este ha sido considerado como uno de los países de
mayor peligro, tanto por la criminalidad en general, como por el auge de
consumo de drogas y narcotráfico, además de que predominan las injusticias y
privación de derechos humanos.
En cuanto al sistema penitenciario, al igual que en
otros países, el hacinamiento carcelario ha representado una de las mayores
problemáticas sociales desde 1998, pues la cantidad de personas privadas de
libertad ha mostrado considerables y elevados aumentos que solamente han
generado un mayor número de inversiones en infraestructura, sean estas para
remodelar o bien, para una nueva construcción.
No obstante, y pese a esta situación, en Colombia
no se ha recurrido a la privatización de prisiones, esto se debe a las diversas
desventajas que representaría para el Estado, ejemplo de ello, el hecho de que
los custodios pasarían a laborar al sector privado y, además:
“(…) La privatización de las cárceles hace de la
resocialización un proyecto comercial que, por su propia lógica, no le
interesaría la disminución efectiva de su principal insumo: la delincuencia. El
efecto perverso de la privatización, precisamente, radica en que sólo ha beneficiado
a las compañías que se han encargado de construir y administrar las cárceles” (Edith
Núñez Briceño y Frania Rojas Vindas, 2006, p. 33)
La posición que las autoridades estatales
colombianas adoptaron en cuanto a aplicar la privatización de las prisiones
evidenciaba la preocupación en cuanto a lo que podría sucederles a los privados
de libertad, sin embrago, surge también la duda de si realmente existe tal
preocupación, esto en vista de la situación relacionada con hacinamiento.
- Europa
En lo que respecta a los sistemas penitenciarios de
Europa, la privatización de prisiones no está prohibida, sin embargo, las
autoridades prefieren optar por otras medidas, como la contratación de
servicios privados que presten atención a los privados de libertad; como
servicios médicos, rehabilitación en casos de consumo de sustancias, además de
que contratan servicios de limpieza, mantenimiento de la infraestructura e
incluso alimentación.
Es importante mencionar que, en países como Gran
Bretaña y Francia, si se han adoptado las medidas de privatización de
prisiones; en el primer país, los recintos penitenciarios han sido construidos
desde hace algunos años por empresas privadas, además, se han destinado
prisiones exclusivas para población inmigrante, mismas que están bajo
administración del sector privado. Por otro lado, en Francia se recurrió al
sector privado para reducir y prevenir las tasas de sobrepoblación,
ofreciéndole al mismo la posibilidad de concepción, construcción y equipamiento
de los recintos y, además, se le permite ocupar diferentes puestos como la
dirección, secretarías o seguridad.
El desarrollo de esta primera parte nos ha
permitido conocer sobre una modalidad prevaleciente en algunas prisiones del
mundo, la privatización carcelaria ha sido considerada por diferentes autores
como una de las alternativas más fiables y beneficiosas para las naciones, pues
los privados de libertad pueden trabajar y de este modo “ganarse lo que se
comen”, sin embargo, para otros no ha sido más que la apertura a la
esclavización y marginalidad a las que esta población ha sido expuesta, por el
hecho de haber incurrido en un error que merecía el castigo por ley.
¿Sabía usted que el COVID-19 afectó directamente a la población privada de libertad? En Ginebra, Suiza, se planeaba el Festival de Cine y Foro Internacional sobre los Derechos Humanos (FIFDH), en el cual se expondrían la situaciones que viven aquellos individuos que están bajo el sistema de privatización de prisiones, Haga click aquí para acceder a la información
¿Sabía usted que el COVID-19 afectó directamente a la población privada de libertad? En Ginebra, Suiza, se planeaba el Festival de Cine y Foro Internacional sobre los Derechos Humanos (FIFDH), en el cual se expondrían la situaciones que viven aquellos individuos que están bajo el sistema de privatización de prisiones, Haga click aquí para acceder a la información
Referencias Bibliográficas
Lozada, M. (2019). Cárceles Privadas. [Figura 1].
Recuperado de: https://www.rionegro.com.ar/carceles-privadas-965898/
Ruiz-Jarabo C, D. (s.f). Prisiones Privadas.
Recuperado de: https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/926787/mod_resource/content/0/Prisiones%20Privadas.pdf
Núñez B, E y Rojas V, F E. (2006). Trabajo final de
graduación la privatización de las cárceles: el caso de costa rica. Recuperado
de: https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/926785/mod_resource/content/0/La%20privatizacion%20de%20las%20carceles-Costa%20Rica.pdf
Autora: Nohelia
Calderón Hernández
Estudiante de
Licenciatura en Criminología, UNED, Costa Rica.
Abril, 2020.

Daniel Rivera Alpízar.
ResponderEliminarBuenas compañero de acuerdo con lo expones se mantiene desde el sistema mundo la generalidad de la realización ideológica de mantener la cárcel como producto estrella y con ello controlar a las personas lo cual sigue siendo el punto erado del sistema y que con ello mismo se piense en un sistema económico mucho más lucrativo como lo es el área privada, la cual mantiene un solo eje ganancial en el alquiler de sus instalaciones y la tarifa de renta por cada preso dentro del mismo sistema, el ejemplo estadounidense es claro han podido salir avante mediante una mercantilización del producto, caso contrario con el fenómeno puertorriqueño el cual en su mayoría mantiene las políticas privativas y con ello se ve disminuido la criminalidad, siendo la creación de políticas más fuertes manteniendo la bola de nieve que el sistema carcelario ostenta en el único beneficiario privado.
Dado el ejemplo los sistemas latinoamericanos han considerado o ya tienen en su haber institucional la participación del sector privado, por lo que mediante una serie de acciones sistemáticas proporcionan el espacio y medidas garantizadas que permitan como el eje central la realización del centro y que al mismo puedan incluirse a los privados de libertad sin distinción, algo que está a años luz de ser realidad y que según el sistema privado admite a personas según el criterio de estos, lo cual al pensar e introducirlos no se consideran estas variables y por ello muchos de los países no podrán sostener las elevadas tarifas de estadía y con ello se verá en peligro a los presos ya que se van disminuyendo garantías por ley establecidas y que en común acuerdo privado son medidas para la reducción de costos operativos.